AJUSTE DE STATUS

ESTAS SON ALGUNAS DE LAS SITUACIONES EN LAS QUE PUEDE SOLICITAR SU AJUSTE DE ESTATUS Y OBTENER SU TARJETA VERDE

Algunos procesos de inmigración se pueden presentar de una sola vez. Otros procesos se pueden iniciar y solo en un momento posterior, a veces años después, se puede solicitar el ajuste de estatus. Estos son algunos casos en los que se puede solicitar el ajuste de estatus:

. Cónyuge, padre o madre, o hijo(a) soltero(a) (menor de 21 años) de un ciudadano estadounidense;

. Cónyuge o hijo(a) de un residente permanente legal;

. Novio(a) K-1 y dependiente K-2;

. Viudo(a) de un ciudadano estadounidense que falleció en los últimos dos años;

. Víctima de delito, tráfico de personas o violencia doméstica (VAWA);

. Un cónyuge o hijo(a) de un solicitante principal cubano calificado, que es elegible según la Ley de Ajuste Cubano.

Si ya ha tenido parte de su proceso aprobado y ahora desea iniciar la etapa de ajuste de estatus, contáctenos.

Contáctanos si necesitas ayuda para organizar tus documentos y evidencias, completar los formularios de tu solicitud, enviarla y archivarla de forma digital.